La rehabilitación del patrimonio
Las obras que se están llevando a cabo en Ingeniero Mariño para crear un Eje Cultural nos lleva a plantearnos la siguiente pregunta: ¿es posible realmente en Guadalajara poner en marcha una rehabiltación urbanística y una revalorización patrimonial de calado? Esta pregunta la planteaba no hace mucho Miguel Ángel Embid en su blog de Guadalajara Diario. Y realmente es una pregunta interesante, porque lo cierto es que, aunque el Ayuntamiento presentó en 2012 su Plan de Inversiones con el que se realizarán 13 actuaciones que remodelarán nuestra ciudad, no existe ordenanza alguna que regule las rehabilitaciones de los edificios considerados "Bienes de Interés Cultural".
Sala de prensa
He aquí una selección de contenidos referentes al mundo de la arquitectura y la vivienda; algunos de ellos con nombre propio.
Red de ciudades por la accesibilidad
A principios de verano, Málaga fue la sede del III Foro Internacional del Diseño Universal, durante el cual la FEMP (Federación Española de Municipios) aprobó la constitución de la Red de Ciudades por la Accesibilidad. Los ayuntamientos interesados en adherirse a esta medida (Sevilla, Pamplona, Marbella, Basauri o Melilla entre otros) se reunirán el 3 de diciembre con motivo de la celebración del Día Internacional de las Personas con Discapidad para firmar el acta de constitución. También hay algunas entidades comprometidas con la medida, como la Universidad de Málaga a través de su Escuela de Arquitectura o la Asociación Ciudad Accesible. Muchas de las ciudades mencionadas han recibido el Premio Reina Sofía de Accesibilidad.
Libro del edificio
Entre los servicios que ITEGU le ofrece está el de redactar el libro del edificio en caso de que su comunidad no dispusiera de él, así como el de realizar el seguimiento y el mantenimiento del edificio.
El libro del edificio, regulado en Castilla-La Mancha por el Decreto 81/2007, es un documento escrito que recoge una descripción completa del inmueble, sus características y las explicaciones necesarias para su correcto uso y mantenimiento.
Según la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), el libro del edificio lo debe entregar el promotor de la construcción del inmueble a los usuarios finales de este. Eso para las viviendas construidas después del año 2000. ¿Pero qué ocurre entonces con las edificaciones anteriores a esa fecha? La obligatoriedad de disponer del libro de edificio no es retroactiva, por lo que las viviendas construidas antes de mayo de 2000 no tienen por qué poseer dicho documento. Sin embargo, ITEGU les recomienda que solicite este documento tras una inspección de su hogar, especialmente si su inmueble es objeto de inspección técnica.
¿Qué aspectos incluye el libro del edificio?
Este documento debe recoger como mínimo la relación de los agentes intervinientes en el diseño y ejecución de las obras (lo que resulta imposible en casos en los que el libro del edificio se quiera redactar años después de su construcción), la descripción de los materiales y el calendario de mantenimiento y control periódico de la vivienda.
¿Quién redacta el libro del edificio?
El técnico de cabecera, quien valora y diagnostica el estado de conservación del edificio; informa de las medidas correctoras necesarias y las gestiona y proyecta; planifica el plan de mantenimiento del edificio para asegurarse de que el edificio se adecúa a la normativa y que respeta el medio ambiente y el entorno en cuestión de eficiencia energética y accesibilidad.
¿Qué es el plan de mantenimiento?
Es el historial del edificio. Mediante el control que realiza el técnico de cabecera, se documenta el historial técnico del inmueble: qué incidencias o averías se han encontrado, qué actuaciones se han llevado a cabo para paliarlas, qué instalaciones no pertenecen al diseño original, etc.
El plan de mantenimiento que ITEGU les ofrece es un mantenimiento activo:
- Puesta a cero del edificio (incluso en caso de que no existiera previamente el libro del edificio): ejecución de las obras correctoras o preventivas que han quedado manifiestas en un informe previo.
- Redacción y entrega del plan de mantenimiento de la finca incluido en el libro del edificio: como es evidente, en este plan de mantenimiento, no tiene sentido enumerar el mantenimiento de los daños que deban repararse o que ya lo hayan sido, porque no deben mantenerse, pero sí arreglarse. En cambio, sí que deben constar en el plan de mantenimiento y, una vez subsanados los daños, se deberá proceder a indicar el mantenimiento de los daños y/o patologías.
- Seguimiento del programa del mantenimiento del edificio: el técnico de cabecera de ITEGU realizará inspecciones periódicas según lo especificado en el manual y calendario del plan de mantenimiento e indicará qué trabajos son necesarios tras su visita.
- Asesoramiento sobre aspectos constructivos: sobre reformas, sobre impermeabilizaciones, sobre viabilidad para instalar ascensores o emprender determinadas obras, sobre presupuestos aportados a la comunidad, etc. Además, ITEGU se encarga de gestionar y dirigir las obras que fueran necesarias.
Como ve, con el libro del edificio y el adecuado plan de mantenimiento, las ventajas son innumerables. Entre las más destacadas: la revalorización del inmueble; la reducción de siniestros y, por ende, de las cuotas del seguro o el ahorro en presupuestos y mano de obra de labores de reparación de daños.