PAREER II
El Ministerio de Energía publicó en el BOE del 21 de diciembre del año pasado la convocatoria del segundo programa de las ayudas destinadas a la rehabilitación energética de viviendas. Se trata de unas ayudas gestionadas a través del IDAE.
¿Qué persigue este programa?
El importe de las ayudas, que asciende a 125,6 millones de euros, se destinará a mejorar la eficiencia energética de la envolvente térmica o las instalaciones térmicas y de iluminación, así como sustituir la energía convencional por energía solar o geotérmica. Todas las actuaciones que se realicen deben reducir en una letra la calificación energética del edificio.
¿Quién puede beneficiarse?
- Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso
- Las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios existentes cosntituidas como propiedad horizontal
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios
- Las empresas de servicios energéticos
¿A cuánto ascienden las ayudas?
Los beneficiarios de cualquier tipo de actuación de mejora tienen derecho a percibir una subvención sin contraprestación por un importe máximo de un 30%, complementada con un préstamo reembolsable de lo que resta hasta el 100%. Este préstamo reembolsable tiene un tipo de interés Euribor del 0% con un plazo de amortización máximo de 12 años, incluido un período de carencia opcional de 1 año.
Además, en esta ocasión, los beneficiarios pueden contar con un anticipo del 40% de la ayuda concedida.
Para mayor información, pueden consultar el documento que ITEGU les ofrece a continuación.