PAREER II

pareer iiEl Ministerio de Energía publicó en el BOE del 21 de diciembre del año pasado la convocatoria del segundo programa de las ayudas destinadas a la rehabilitación energética de viviendas. Se trata de unas ayudas gestionadas a través del IDAE.

¿Qué persigue este programa?

El importe de las ayudas, que asciende a 125,6 millones de euros, se destinará a mejorar la eficiencia energética de la envolvente térmica o las instalaciones térmicas y de iluminación, así como sustituir la energía convencional por energía solar o geotérmica. Todas las actuaciones que se realicen deben reducir en una letra la calificación energética del edificio.

¿Quién puede beneficiarse?
  1. Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso
  2. Las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios existentes cosntituidas como propiedad horizontal
  3. Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios
  4. Las empresas de servicios energéticos
¿A cuánto ascienden las ayudas?

Los beneficiarios de cualquier tipo de actuación de mejora tienen derecho a percibir una subvención sin contraprestación por un importe máximo de un 30%, complementada con un préstamo reembolsable de lo que resta hasta el 100%. Este préstamo reembolsable tiene un tipo de interés Euribor del 0% con un plazo de amortización máximo de 12 años, incluido un período de carencia opcional de 1 año.

Además, en esta ocasión, los beneficiarios pueden contar con un anticipo del 40% de la ayuda concedida.

Para mayor información, pueden consultar el documento que ITEGU les ofrece a continuación.

Resolución de 14 de diciembre por la que se establecen las bases del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes

Oficina

C/ Condesa de la Vega del Pozo, 1ª planta

19001, Guadalajara

Guadalajara

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José María Martínez Pereda
Arquitecto Técnico, Nº Colegiado: 0476

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