Declaración de ruina
Frecuentemente ocurre que los propietarios de un edificio o inmueble descuidan el mantenimiento del mismo y desatienden el deber de conservación que les corresponde, como es patente, sin ir más lejos, en el centro de la ciudad de Guadalajara. En ocasiones, el edificio puede incluso amenazar con derrumbarse. En caso de que esto ocurra, el propietario debe evitarlo bien reparándolo bien demoliéndolo, o en caso contrario la administración podría llegar a actuar declarando el edificio en ruina legal.
Hoy en día, el número de edificios declarados en ruina y su consecuente demolición ha aumentado. Una de las principales causas es la inspección técnica. El acto de declaración de estado ruinoso se puede iniciar por solicitud del propietario de la edificación aportando un certificado realizado por un perito o por oficio, a través de un expediente realizado por un técnico del ayuntamiento.
Como acto administrativo, la declaración de ruina exige que se cumplan ciertos requisitos objetivos: falta de mantenimiento y conservación, hundimiento de suelo, grietas, desprendimientos de cascotes y desgaste de los elementos estructurales. Además, el importe de reparación para devolver las condiciones de habitabilidad del edificio no deberán superar el 50% del coste de una obra nueva. Los gastos relacionados con la declaración de ruina y su demolición o reparación corren por cuenta del propietario.
Todo lo referente al deber de conservación del inmueble así como a la declaración de ruina pueden consultarlo en el POM de Guadalajara del artículo 41 al artículo 48.