Informe de evaluación del edificio

El informe de evalución del edificio (IEE), recogido en el nuevo Plan Estatal de Vivienda, es un documento que trata de asegurar la calidad, sostenibilidad y eficiencia energética de los inmuebles. Dicho de otro modo, el nuevo IEE agrupa en único documento los tres informes que establecía la normativa anterior de 2011, esto es, el informe de inspección técnica, el certificado energético y el de accesibilidad. Por lo tanto, el IEE debe describir de manera detallada el estado de conservación del inmueble, así como el estado de cumplimiento del edificio respecto a las normativas de accesibilidad y de eficiencia energética.

A continuación, les detallamos los apartados de los que consta el IEE tal y como pueden comprobar en el documento adjunto que les ofrecemos pinchando sobre la imagen.IEE

1. Estado de conservación del edificio

La primera parte del informe trata sobre la evaluación del edificio en lo que a conservación se refiere. El objeto de esta parte, pues, coincide con el informe ITE, por lo que en caso de disponer de este, se podrá incorporar dicho informe en sustitución de este apartado.

En este apartado, se evalúa igualmente el estado de seguridad del edificio y se describen las medidas preventivas en caso de existir riesgos de seguridad.

Lo novedoso de este informe es que se incluya una página de estadísticas para relacionar todas las deficiencias detectadas, su localización y la gravedad de estas.

2. Accesibilidad

En este apartado se evalúan las condiciones de accesibilidad que se describen en el documento DB-SUA del Código Técnico de la Edificicación. Por lo tanto, se examinan aspectos tales como las condiciones funcionales del inmueble, la dotación de elementos accesibles o la información y señalización de estos.

3. Certificación de eficiencia energética

Este apartado del informe sólo se deberá adjuntar cuando se trate de un edificio de tipología residencial colectiva. El contenido coincide exactamente con la normativa actual vigente.

Este informe es obligatorio para todos aquellos edificios de tipología residencial de más de 50 años en todos los municipios que carezcan de normativa propia de inspección técnica. No es el caso de Guadalajara capital.

Cabe destacar, además, que este informe será subvencionable. Los beneficiarios de estas ayudas serán las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades o los propietarios únicos de edificios de carácter residencial. No podía ser de otra manera, ya que el IEE es obligatorio para los edificios de tipología residencial como hemos señalado anteriormente. Las subvenciones, de carácter directo para cada propietario, pueden llegar a ascender a los 50€ por cada una de las viviendas que compongan el edificio siempre y cuando no se superen los 500€ por edificio o el 50% del coste del informe.

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José María Martínez Pereda
Arquitecto Técnico, Nº Colegiado: 0476

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