Jueves, 03 Octubre 2013 07:25

Apertura de establecimientos

En 2012, el Consejo de Ministros aprobó la eliminación de licencias municipales previas para la apertura de pequeños comercios con una superficie inferior a 300 m2 a través del RD-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. Esta medida sirve, no sólo para agilizar y simplificar los procedimientos burocráticos, sino también para unificar el proceso en todas las ciudades españolas. En esta línea, se aprobó la Ley 1/2013, de 21 de marzo, de medidas para la dinamización y flexibilización de la actividad comercial y urbanística de Castilla-La Mancha [2013/3835].

¿A qué actividades afecta esta ley?

Las actividades a las que se refiere la ley se reducen, de momento, a comercios que tengan poco impacto en el normal desarrollo de la convivencia ciudadana, en el medio ambiente o la salud pública. Se establecen tres grupos diferenciados:

  1. El comercio minorista: alimentación, frutería, autoservicios, carnicería, pollería, charcutería, panadería, pastelería, heladería, tiendas de caramelos, bodegas, perfumería, droguería, textil confección, textil hogar, peletería, herbolario, parafarmacia, equipamiento del hogar, muebles, aparatos electrónicos, bricolaje, materiales de construcción y de saneamiento, ferretería, venta de automóviles y accesorios, óptica, ortopedia, instrumentos musicales, antigüedades, librería, papelería, juguetería, joyería y plantas.
  2. La pequeña industria artesanal: actividades vinculadas al calzado y al textil.
  3. Las actividades de servicios: agencias de viajes, promoción inmobiliaria, reparación de ropa y zurcido, reparación de calzado, peluquerías, institutos de belleza y estética, servicios de fotocopias y servicios de enmarcación.

Quedan excluídas las actividades que tengan algún impacto sobre el patrimonio artístico-cultural o uso privativo y ocupación de bienes de dominio público. Los bares, discotecas, restaurantes o supermercados permanecen también al margen del ámbito de aplicación de esta ley.

¿Qué requisitos o trámites son necesarios?

-En caso de que la apertura no requiera el emprendimiento de obras:

·La declaración responsable para la apertura de establecimientos de actividades y servicios del R.D. 19/2012 (modelo 1081)

La firma del técnico no es exigible en este caso, pero si el documento lleva la firma de este, deberá ser tramitado por el Colegio pertinente.

·Justificante de pago de autoloquidación o tasa

·Documentos identificativos

·Memoria descriptiva del local con la pertinente documentación gráfica (planos y fotografías)

·En el caso de que previamente a la apertura del local se hubieran llevado a cabo obras, licencias y certificado final de obras

-En caso de que la apertura requiera el emprendimiento de obras de modificación interior o fachada:

·Declaración responsable para realización de obras y apertura de establecimientos de actividades y servicios de la Ley 1/2013 de 21 de mayo (modelo 1090)

·Justificante del pago por autoliquidación de la tasa

·Documentos identificativos

En este caso sí que es necesario contar con la firma del técnico, quien deberá redactar los siguientes documentos que usted deberá presentar junto con el modelo 1090:

·Memoria descriptiva de la obra, con los presupuestos, los planos y los certificados de cumplimiento de las normas urbanísticas, de habilitabilidad y de no peligrosidad

·Certificado de seguridad si se efectúa superposición de pavimento

A este procedimiento se ajustan, por tanto, las obras ligadas al acondicionamiento del local, pero que no requieren redacción de proyecto técnico de la obra. En consecuencia, esta intervención no implica ni la dirección de obra ni la coordinación de seguridad y salud.

En cambio, si fuera necesario redactar un proyecto, deberá declararse estar en posesión de dicho proyecto, firmado por el técnico competente, debiendo, previamente a la ejecución de las citadas obras, solicitar y obtener la correspondiente licencia urbanística.

¿Qué requisitos cumplen las declaraciones responsables?

  1. Manifestación explícita del cumplimiento de aquellos requisitos exigibles de acuerdo con la normativa, incluido el estar en posesión del proyecto de obra si fuera necesario
  2. Declaración de estar en posesión del justificante de pago

¿Puede abrir mi local sin que me visite la Administración?

Sí puede abrir su local, aunque debe saber que la Administración irá a inspeccionarlo posteriormente. La diferencia con la normativa anterior estriba en que usted entrega la declaración responsable en la que manifiesta cumplir con los requisitos, paga las tasas y puede abrir. Más tarde, irán los inspectores para ver si usted cumple en su negocio con lo declarado. En cambio, antes hacía las obras, pedía las licencias, recibía la visita de los inspectores, pagaba los impuestos y, si todo estaba bien, podía abrir su negocio. Por eso, estas nuevas licencias de apertura se conocen como licencia express.

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El Gobierno de Castilla-La Mancha ha publicado esta misma mañana en el Diario Oficial de la Región el procedimiento que se deberá  seguir para registrar las certificaciones energéticas siguiendo la normativa nacional del 5 de abril. Castilla-La Mancha, región a la que pertenece Guadalajara, cobrará una tasa  por el registro del certificado energético, la cual variará en función del tipo de edificio o según se trate de una inscripción, una renovación o una actualización.Tasas CE

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Lunes, 27 Mayo 2013 07:56

Fondo JESSICA-F.I.D.A.E.

El Fondo de ayudas JESSICA-F.I.D.A.E. es una iniciativa cofinanciada por el FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) y el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) gestionada por el BEI (Banco Europeo de Inversiones) para utilizar los fondos estructurales en medidas o actuaciones de ahorro y eficiencia energética, así como en el desarrollo de las energías renovables. Por consiguiente, este fondo, dotado con 123 millones de euros, tiene el propósito  de financiar los proyectos de desarrollo urbano sostenible que mejoren la eficiencia energética, utilicen las energías renovables y sean desarrollados por empresas de servicios energéticos (ESEs) u otras empresas privadas.

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Martes, 21 Mayo 2013 17:07

Ayudas C-LM

Como ya les hemos venido informando a lo largo de estos meses, el 5 de abril se aprobó en Consejo de Ministros la nueva Ley de Eficiencia Energética para todos los edificios, lo que venía a complementar la ley de eficiencia energética para edificios de nueva construcción vigente desde el año 2007. En Castilla-La Mancha también existía una ley desde ese año: la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las energías renovables e incentivación del ahorro y eficiencia energética. Recientemente, se ha aprobado el nuevo paquete de ayudas para este 2013 con el fin de promover la eficiencia energética en nuestra Comunidad Autónoma.

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Jueves, 16 Mayo 2013 18:22

Acceso a las ayudas de ascensores

No hace mucho les ofrecíamos una noticia sobre las subvenciones que existen en Castilla-La Mancha para instalar un ascensor en su comunidad.  En el artículo de hoy les queremos informar sobre quién puede acceder a estas ayudas, ya que no todas las comunidades que solicitan dichas ayudas las consiguen: su concesión depende de varios factores. ¿Les interesa conocer el proceso que deben seguir para obtener la subvención?

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Tan sólo quedan 19 días para que entre en vigor el nuevo Real Decreto publicado en el BOE el 13 de abril que establece la obligatoriedad de poseer una certificación energética para todas aquellas viviendas y locales que se vayan a vender o alquilar, tanto si son anteriores o posteriores al 2007. Se recomienda a los propietarios no esperar hasta el último momento ya que el proceso no es inmediato.

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Lunes, 06 Mayo 2013 10:46

Subvenciones para instalar ascensores

Subir cuatro o cinco pisos de escaleras cargados resulta agotador, especialmente en aquellas comunidades de vecinos compuestas en su mayoría por personas mayores. Por ello, es muy frecuente que se planteen instalar un ascensor. El problema: los presupuestos asustan. Sin embargo, existen ayudas para instalar ascensores así como para renovar los que ya se han quedado obsoletos o allanar espacios. Son los conocidos Planes Renove.

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Jueves, 02 Mayo 2013 19:54

El reglamento RITE

El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) fue aprobado en 1998 con el fin de establecer los criterios óptimos que debían cumplir las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria para conseguir un uso racional de la energía. Sin embargo, esta directiva fue modicada nueve años más tarde, en julio de 2007, debido a la aprobación de la Directiva europea de eficiencia energética de 2002 y del Código Técnico de la Edificación en 2006. Desde entonces, el RITE ha sufrido diversas modificaciones. Recientemente, el 5 de abril del presente año, se han realizado los últimos cambios.

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Lunes, 29 Abril 2013 08:40

Certificado energético

No es una novedad que a partir de junio los propietarios que quieran vender o alquilar su vivienda, tanto si ha sido construida antes de 2007 como si lo ha sido con fecha posterior, deberán contar con un certificado energético parecido a la etiqueta de los electrodomésticos para poder hacerlo. Así se estableció en el Consejo de Ministros del 5 de abril.

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Domingo, 24 Marzo 2013 18:04

Plan Renove

Siguiendo con las medidas adoptadas en anteriores años, el Gobierno de Castilla-La Mancha prevee poner en vigor a lo largo del 2013 un Plan Renove para calderas, para ventanas y otro para pulsadores de luz de detección presencial.

Estas medidas están en relación con la Directiva Europea de Energía que España debe implantar a mediados de 2014 y que prevee medidas de ahorro y eficiencia energéticos.

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José María Martínez Pereda
Arquitecto Técnico, Nº Colegiado: 0476

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